Resolución Presidencial N° 051-2016-OSINFOR
- Reglamento para la Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre.
- Directiva de Supervisión para Títulos Habilitantes con Fines Maderables.
- Directiva para Supervisión del Manejo de Fauna Silvestre.
- Directiva para Supervisión de Títulos Habilitantes para Productos Forestales diferentes a la Madera, Ecoturismo y Conservación.
APORTES:
Por escrito a la Sede Central de la Institución sito en la Av. Javier Prado Oeste N° 692, Magdalena del Mar – Lima, o a las Sedes de las Oficinas Desconcentradas cuyas direcciones se encuentra consignadas en el siguiente link.
Y por correo electrónico a: aportesmanuales@osinfor.gob.pe
La recepción de los aportes, mediante los mecanismos anteriores se efectuará hasta el viernes 17 de junio de 2016