Comunicado 004-2016-OSINFOR

Se hace de conocimiento que, debido a la modificación de la base legal en materia de Contrataciones del Estado y a la reconversión de los términos porcentuales del derecho de tramitación del TUPA con motivo de la aprobación de la UIT 2016, se han efectuado ajustes en la matriz TUPA, siendo:

  • La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro
  • El porcentaje actualizado según el nuevo valor de la UIT es de S/. 3,950.00 fijado por el Decreto Supremo N° 397-2015-EF.

Para mayor detalle ver Matriz TUPA 2016.