La Sub Dirección de Fiscalización de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre (SDFPAFFS), mediante la evaluación de los resultados obtenidos en las acciones de supervisión efectuadas a los permisos y autorizaciones otorgados por el Estado para el aprovechamiento de recursos forestales y de fauna silvestre; se encarga de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones y condiciones contenidas en dichos títulos habilitantes y en los planes de manejo respectivos, para el aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, como de los servicios ambientales provenientes del bosque.

En ese sentido, de acuerdo a lo señalado por el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 001-2017-OSINFOR-DFFFS de fecha 29 de marzo de 2017, durante el desarrollo del Procedimiento Administrativo Único (PAU) del OSINFOR, la SDFPAFFS actúa en primera instancia como autoridad instructora, correspondiendo a la Dirección de Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre (DFFFS) actuar en calidad de autoridad decisora.

Por consiguiente, la SDFPAFFS constituye la autoridad administrativa competente para disponer el inicio del PAU e imputar cargos, realizar las labores de investigación conducentes a determinar la comisión de infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre o la existencia de conductas que configuren causales de caducidad del título habilitante, actuar pruebas, variar o ampliar la imputación de cargos, dictar medidas cautelares; así como, en mérito a las citadas actuaciones, recomendar a la autoridad decisora, a través del informe final de instrucción, las sanciones a imponer, la adopción de medidas correctivas y provisionales, el archivo del PAU, entre otros.