La Constitución Política del Perú reconoce que la persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado y privilegia el derecho fundamental a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Del mismo modo, los artículos 66° al 69°, disponen que el Estado deba determinar la Política Nacional del Ambiente, y que los recursos naturales, renovables y no renovables, sean patrimonio de la Nación.

La política ambiental es el conjunto de los esfuerzos políticos para conservar las bases naturales de la vida humana y conseguir un desarrollo sostenible.  Las políticas forestales tienen como objetivo principal el bienestar de la sociedad en forma sostenible a partir de la gestión efectiva de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre que cumplen funciones ecológicas, protectoras, de producción, paisajísticas o recreativas.

Toda persona tiene derecho a acceder al uso, aprovechamiento y disfrute del patrimonio ambiental, forestal y de fauna silvestre de la Nación a acuerdo a los procedimientos establecidos por la autoridad nacional y regional, y a los instrumentos de planificación y gestión del territorio; además de participar en su gestión.

Documentos
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Política Nacional Forestal

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Politica Nacional del Ambiente

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Plan Nacional Anticorrupción del Sector Forestal y de Fauna Silvestre

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